ESPAÑA Y LOS JUECES; ENTRE ELLOS MISMOS SE PISAN LA MANGUERA
La Audiencia Nacional excarcela a 24 imputados por narcotráfico tras una sentencia del Constitucional JC Sí, un guardia civil recurre porque ha acusado de ser colaborador de narcotraficante. Pero se declaró secreto y entonces no le dijeron por qué estaba detenido, ni de qué se le acusaba. Y ha llegado hasta el Tribunal
La Audiencia Nacional excarcela a 24 imputados por narcotráfico tras una sentencia del Constitucional
JC Sí, un guardia civil recurre porque ha acusado de ser colaborador de narcotraficante. Pero se declaró secreto y entonces no le dijeron por qué estaba detenido, ni de qué se le acusaba. Y ha llegado hasta el Tribunal Constitucional a decir que no podía defenderse porque no sabía de qué se le acusaba. Le han dado la razón al Guardia Civil y la Fiscalía Anticorrupción y ha dicho que si se aplica ese principio del Constitucional hay que excarcelar a 24 de principio, pueden ser bastantes más que están en imputación, pero están secretas las dirigencias.
La fiscal Antidroga avisa de una “avalancha” de recursos y de que se complican las causas bajo secreto, pero el tribunal de garantías niega que el reajuste de su doctrina lleve a liberaciones indebidas
La Audiencia Nacional ha liberado en las últimas semanas a 24 personas imputadas por su supuesta participación en una macrorred de narcotráfico. La razón aducida es una reciente sentencia del Tribunal Constitucional, dictada el pasado 23 de febrero, que reajusta su doctrina y obliga a los jueces a proporcionar información más detallada a los detenidos que son enviados a prisión provisional en causas bajo secreto de sumario.
Rosa Ana Morán, fiscal jefe Antidroga, advierte que la resolución ha implicado, además de esas excarcelaciones, una “avalancha de recursos” en otras investigaciones, con peticiones de libertad “masivas”, y considera que esta sentencia pone en riesgo el secreto de las actuaciones y la viabilidad de pesquisas desarrolladas en colaboración con otros países. Mientras, fuentes del Constitucional sostienen que la sentencia —aprobada por unanimidad de la Sala Primera— supone únicamente un reajuste doctrinal que responde a exigencias constitucionales y a una directiva europea, y que no
debería conducir, “en ningún caso” y si se aplica de forma correcta, a liberaciones indebidas. “Tiene que haber siempre una motivación suficiente para cualquier prisión provisional: es un derecho fundamental”, subrayan. Este periódico ha contactado con fuentes tanto del sector conservador como progresista del tribunal de garantías, plenamente coincidentes en este punto.
Para entender la situación hay que remontarse al caso de Rubén Galindo Vidal, un guardia civil detenido el 30 de enero de 2025 en una operación que destapó la existencia de un narcotúnel en Ceuta, oculto en una antigua marmolería, que fue utilizado durante años para introducir grandes alijos de hachís desde Marruecos. A él y a otros agentes se les detuvo y la jueza de la Audiencia Nacional María Tardón les entregó un documento con los “elementos esenciales” de su imputación antes de acordar su prisión provisional. Galindo acudió entonces al tribunal de garantías alegando que esa información era insuficiente y que no pudo ejercer adecuadamente su derecho de defensa porque no sabía bien por qué se le imputaba.
El Constitucional le dio la razón en una resolución fechada el 23 de febrero. La sentencia establece que el juez en todo caso “debe concretar las fuentes de prueba de las que indiciariamente se desprende la participación de la persona en los hechos delictivos”. En este caso concreto, el principal indicio en su contra era una conversación telefónica, y el tribunal considera que se le debió facilitar su transcripción o el acceso a la conversación original.
JC el secreto es para poder seguir averiguando para saber más cosas y si eso ya no se valida, pues supone que ahora hay que hacerlo todo de nuevo y hay que cambiar hasta los métodos de la policía, de la fiscalía y demás para averiguar cosas.